La presidenta ya se encuentra habilitada para poder fijar el mínimo no imponible de ganancias, facultad que en realidad corresponde al Congreso. ¿Cómo afectará esto el salario del año próximo? Desde el programa Base de Datos se comunicaron con el tributarista Enrique Lingua quien explicó algunas cuestiones de la nueva medida.
¿Cómo es la nueva disposición?
El tema es inédito en cuanto a la metodología utilizada. En este momento la presidenta cuenta con facultades especiales para poder fijar por decreto el aumento de los mínimos no imponibles y escalas del impuesto. Por ser cuestiones tributarias, en realidad son facultades parlamentarias, pero en este momento lo hicieron a través de una delegación de facultades al poder ejecutivo. Ahora la presidenta tiene en sus manos la facultad de darle el valor que considere adecuado para estandarizar las retenciones. Es de esperar que ahora se vaya acomodando esta asimetría que venía ocurriendo en cuanto a dos resoluciones de la Afip por las cuales se estaba reteniendo menos, pero sin sustento legal. Pero como eran resoluciones y la ley no estaba modificada, al hacer la declaración anual del trabajador en relación de dependencia había que tomar la escala del impuesto, el cual está en la ley –sin actualizaciones de ningún tipo,- y no por los valores de las resoluciones. Con lo cual el impuesto final que deberá pagar resulta mayor que el que surge de aplicar las retenciones vigentes por resolución, quedándole al trabajador un saldo a ingresar tanto por el año fiscal 2010 como 2011, con vencimiento para ambos períodos en marzo de 2012. O sea que si la presidenta no modifica los mínimos antes de que se liquide anualmente, los trabajadores deberán afrontar dos ajustes, uno por 2010 y otro por el 2011, y eso puede ser mucha plata a descontar.
¿Y las empresas han tomado algún tipo de recaudo?
Como las empresas retuvieron conforme a las resoluciones, y el ajuste final lo van a tener que hacer en marzo 2012, situación que no afecta a las empresas, ya que el perjudicado es el trabajador, dado que si no le modifican los mínimos va a tener que pagar el reajuste de los dos años mencionados en marzo del 2012. No hay dudas de que todo tiene que ser retocado. Han quedado retrasados los mínimos y las escalas del impuesto a las ganancias.
¿Si esto se cambia con un nuevo mínimo, todo se acomodaría?
Es que con las facultades que le dieron a la presidenta entiendo que lo que buscan es corregir una situación que está clara conforme a las resoluciones de la Afip, pero con mal respaldo legal porque no hubo modificaciones al texto del impuesto. Como la ley no va a necesitar ser cambiada porque conforme a las facultades delegadas al poder ejecutivo, la presidencia va a fijar los mínimos por decreto.
¿Vos pensás que esto tiene que ser antes de marzo?
Yo entiendo que sí. Este tema se tiene que resolver entre enero, febrero o marzo próximo. Tengamos en cuenta que el aumento de los mínimos no imponibles le significará al Estado una recaudación impositiva menor. No obstante, supuestamente debería quedar normalizado en dos meses más o menos.