El secretario de Comercio Interior, Guillermo Moreno, advirtió hoy que aplicará la ley de abastecimiento -que impone sanciones de arresto, clausuras e inhabilitación- a la empresa Cablevisión , del Grupo Clarín, en caso de que no restablezca el servicio a todos los abonados que hayan pagado la tarifa ordenada por el Gobierno, de 109 pesos.
Se trata de una nueva medida contra la compañía proveedora de servicios televisión paga, que pertenece al mayor conglomerado de medios de la Argentina, con el que el Gobierno mantiene una dura disputa desde hace más de cuatro años. Cablevisión , de hecho, fue intervenida por un operativo judicial, de un juez de Mendoza, que contó con apoyo de la Gendarmería Nacional.
En la resolución 2/2012 que establece la advertencia, Moreno decide "establécese un plazo máximo para restablecer el servicio interrumpido de televisión paga a aquellos usuarios que hubieren abonado en tiempo y forma".
Posteriormente, la medida incluye los siguientes artículos fundamentales:
Artículo 1º - Establécese que la firma Cablevisión S.A. deberá, en un plazo máximo de veinticuatro (24) horas, restablecer el servicio interrumpido de televisión paga a aquellos usuarios que hubieren abonado en tiempo y forma los precios establecidos por las Resoluciones SCI Números 36/11, 65/11, 92/11, 123/11, 141/11 y 10/11. La reconexión deberá ser efectuada respetando todas y cada una de las condiciones pactadas oportunamente.
Art. 2º - Para aquellos casos en que la firma citada en el artículo 1º de esta medida, unilateralmente hubiera alterado cualquiera de las condiciones contractuales pactadas con los usuarios, deberá en el mismo plazo mencionado precedentemente, restablecer el servicio a la situación de origen.
Art. 6º - A los efectos de la presente serán de aplicación las normas sobre procedimientos, sanciones, recursos y prescripciones previstas en la Ley Nº 20.680.
La Ley de Abastecimiento
La medida invocada por el secretario Moreno fue sancionada en 1974, en la última etapa peronista antes del golpe del 24 de Marzo de 1976. Establece "arresto de hasta noventa, clausura, inhabilitación, decomiso de las mercaderías, suspensión del uso de patentes y prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años", entre otras sanciones.