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Economía

¿En cuánto queda la mínima?

Las jubilaciones suben 5,71% en marzo

Por Redacción

Es la primera vez que se aplica la nueva fórmula de movilidad previsional

El Gobierno oficializó el incremento de las jubilaciones y pensiones gestionadas por la Anses, que será de 5,71% y se aplicará en los haberes del próximo mes. La resolución 2/2018 del Ministerio de Trabajo, que se publicó hoy en el Boletín Oficial, formaliza así la primera recomposición de haberes jubilatorios derivada de aplicar la fórmula de movilidad que se aprobó por ley a fines de 2017.

El incremento alcanzará a todas las prestaciones del sistema contributivo, con excepción de la gran mayoría quienes obtuvieron una mejora en el mes de enero, ya que entonces se cumplió con otra disposición de la nueva ley: la de garantizar que quienes obtuvieron su jubilación sin recurrir a una moratoria, tengan un ingreso equivalente a no menos que el 82% del salario mínimo, vital y móvil. Ese grupo de jubilados seguirá percibiendo un monto mensual de $7790 (que es lo que cobran desde el mes pasado, ya que el salario de referencia es de $9500), salvo que, al aplicarse el 5,71% sobre el haber que percibían hasta diciembre, el resultado obtenido sea una cifra mayor.

Para quienes no tienen esa garantía, en cambio, el haber mínimo pasa en marzo de $7246 a $7660, en tanto que el ingreso máximo se eleva de $53.090,2 a $56.121,6.

La ley 27.426, votada en diciembre del año pasado en medio de una fuerte polémica, modificó la fórmula de cálculo de los aumentos periódicos y automáticos de los haberes, que también alcanza a las pensiones no contributivas, la Prestación para el Adulto Mayor (PUAM), la Asignación Universal por Hijo (AUH) y el salario familiar.

El nuevo cálculo implica sumar el 70% de la variación que haya tenido en un trimestre determinado el índice de inflación y el 30% de la evolución registrada por un indicador salarial llamado Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte). Para la suba de marzo se utilizan las variables del tercer trimestre del año previo.

 

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