Fuente: punto biz
Por Redacción
Un proyecto de la edil socialista Viviana Foresi y que ya debate el Concejo Municipal propone modificar los artículos del Código Municipal de Faltas que hacen referencia a las multas por infracciones detectadas en obras en construcción en Rosario. Asimismo, los valores establecidos en la ordenanza serán actualizados anualmente contemplando el número base de Julio 2014 del Indice de la Cámara de la Construcción y su respectivo porcentaje acumulativo anual. Además, en todos los casos la sanción se aplicará sin perjuicio de la paralización de las obras al tiempo que quedará imputado el propietario del inmueble.
De esta forma, la iniciación de obras sin permiso será penada con multa del 80% al 200% del monto total de la tasa de servicios técnicos que resulte del permiso respectivo. En tanto que la ampliación, reforma o modificación de la obra, respecto del permiso de edificación otorgado, será penada con multa del 80% al 200% del monto total de la tasa de servicios técnicos que resulte de la sumatoria de los permisos respectivos.
La omisión de realizar el trámite de aviso de obra, será penada con multa de $500 a $2.000, y la omisión de solicitar el Final de Obra será penada con multa del 80% al 200% del monto total de la tasa de servicios técnicos que resulte del permiso respectivo, independientemente del Final de Obra de oficio que hubiere dado la Administración.
La demolición, sin permiso previo, de inmuebles declarados como de valor histórico y/o patrimonial será penada con multa del 100% al 500% del monto total del avalúo municipal. El juez actuante podrá imponer, como pena accesoria, clausura de la obra de hasta treinta días. Ahora bien, la demolición, sin permiso previo, de inmuebles no incluidos en el párrafo anterior será penada con multa del 25% al 300% del monto total del avalúo municipal.
La falta de cartel de obra, el deterioro o el incumplimiento de las condiciones reglamentarias del mismo o la falta de documentación en la obra exigida por el Reglamento de Edificación, será penada con multa de $1.000 a $3.000 y/o clausura hasta 10 días. La falta de valla provisoria y/o pasarela será penada con multa de $500 a $ 5.000. La falta de bandeja de protección será penada con multa de $1.500 a $10.000.
La colocación o construcción de instalaciones en forma antirreglamentaria será penada con multa del 80% al 200% del monto total de la tasa de servicios técnicos que resulte del permiso de edificación respectivo. El Juez además, podrá imponer clausura hasta 90 días. El deterioro causado al espacio y mobiliario público como consecuencia de la ejecución de obras en inmuebles privados, será penado con multa de $500 a $2.000.
La no construcción y/o la falta de reparación o mantenimiento en buen estado de las cercas y aceras reglamentarias de inmuebles, será penada con multa de $500 a $2.000 y/o clausura hasta 15 días. La no eliminación de yuyos y malezas en las aceras será penada con multa de $500 a $2.000 y/o clausura hasta 10 días.
Toda acción u omisión que impida, obstaculice o perturbe la inspección de las construcciones, será penada con multa del 80% al 200% del monto total de la tasa de servicios técnicos que resulte del permiso de edificación respectivo. La violación de la paralización dispuesta por la autoridad Administrativa será penada con multa del 80% al 200% del monto total de la tasa de servicios técnicos que resulte del permiso de edificación respectivo y clausura hasta 90 días.
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