Por Redacción
La reforma y unificación del nuevo Código Civil y Comercial en la avanzó ayer la Cámara de Diputados con exclusiva participación de legisladores del Frente para la Victoria, implicará un cambio trascendental en: la pesificación de las deudas pactadas en moneda extranjera, a partir de enero de 2016.
La iniciativa establece, en el artículo 765, que "si por el acto por el que se ha constituido la obligación se estipuló dar moneda que no sea de curso legal en la República, la obligación debe considerarse como de dar cantidades de cosas y el deudor puede liberarse dando el equivalente en moneda de curso legal".
En el artículo 766, enfatiza que "el deudor debe entregar la cantidad correspondiente de la especie designada".
"Si yo estoy prestando libros, quiero que me devuelvan libros, no lapiceras. Eso hace al concepto de inseguridad jurídica, no se en qué me van a devolver cuando preste", consideró la ex vicepresidente segunda del Colegio de Abogados de Buenos Aires, Laura Calogero, Calogero, y consideró que la devolución del dinero prestado en otra moneda puede afectar también a los depósitos en dólares que hace el público en bancos y entidades financieras.
"Es una responsabilidad del Estado que mantenga dos mercados, el paralelo y el oficial. Si hubiera un solo mercado esta discusión sería ridícula, se tiende a la especulación", concluyó, quien aclaró que esta posibilidad de pesificación aplica solo para los "contratos posteriores a enero de 2016".
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