Por Redacción
El Gobierno no puede pagar vencimientos y entrega una letra del mismo valor nominal emitida por el Tesoro Nacional.
La Secretaría de Finanzas, que depende del Ministerio de Economía, amplió la emisión de una Letra del Tesoro en dólares con vencimiento al 3 de abril de 2029 para hacer frente a vencimientos. Así se dispuso mediante la Resolución Conjunta 23/2024 publicada en Boletín Oficial. El monto es por un valor nominal en dólares de u$s27.077.802 para ser entregada al Banco Central devengando intereses desde la fecha de colocación.
Según se dispone en la Resolución, durante el corriente ejercicio fiscal los pagos de amortización de capital y el 60% de los servicios de intereses de las letras intransferibles en cartera del BCRA serán reemplazados a la fecha de su vencimiento, por nuevos títulos emitidos a la par a cinco años de plazo, con amortización íntegra al vencimiento y que devengarán una tasa de interés igual a la que devenguen las reservas internacionales para el mismo período y hasta un máximo de la tasa SOFR TERM a 1 año más el margen de ajuste de cero coma setenta y un mil quinientos trece cienmilésimas por ciento (0,71513%) menos un (1) punto porcentual, aplicada sobre el monto de capital efectivamente suscripto.
Y, por otro lado, el cuarenta por ciento (40%) restante de los servicios de intereses de las citadas letras se abonará en efectivo.
El 22 de abril opera el vencimiento del cuarto cupón de interés de la “Letra del Tesoro Nacional Intransferible en Dólares Estadounidenses vencimiento 20 de abril 2032”, en cartera del BCRA, emitida a través del artículo 1° de la resolución conjunta 15 del 11 de abril de 2022 de la Secretaría de Finanzas y de la Secretaría de Hacienda, ambas del Ministerio de Economía (RESFC-2022-15-APN-SH#MEC), y del octavo cupón de interés de las “Letras del Tesoro Nacional Intransferibles en Dólares Estadounidenses”, también en cartera del BCRA, emitidas originalmente mediante el artículo 1° de la resolución conjunta 28 del 20 de abril de 2020 de la Secretaría de Finanzas y de la Secretaría de Hacienda, ambas del Ministerio de Economía (RESFC-2020-28-APN-SH#MEC).
Con esta ampliación de la letra, el Ministerio de Economía busca cancelar el 60% de los servicios de interés de la Letra del Tesoro con vencimiento al 3 de abril de 2029.
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