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Economía

Nuevos valores

Cuál es el monto mínimo para informar transferencias de autos e inmuebles

Cuál es el monto mínimo para informar transferencias de autos e inmuebles

Por Redacción

Los importes fueron actualizados teniendo en cuenta el Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC).

La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) actualizó los valores mínimos a partir de los que se debe solicitar el Certificado de Transferencia de Automotores (Ceta) para declarar las operaciones de compraventa de automóviles y motos nuevas y usadas, así como para el Código de oferta de transferencia de inmuebles (Coti) para realizar operaciones.

Los importes fueron actualizados teniendo en cuenta el Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) que elabora el Instituto de Estadística y Censos (Indec).

Es la primera vez que se emplea esta metodología para la actualización, establecida en mayo de 2023 a través de la Resolución General 5362/2023, que fija una actualización anual, con vigencia a partir del 1 de abril de cada año.

¿Cuál es el monto mínimo para informar transferencias de autos?

Se deberá obtener el Ceta cuando el precio pactado de la venta o, de existir, su valor según la tabla de valuaciones, para el cálculo de aranceles, el mayor de ellos, resulte igual o superior a $10.919.766.

En el caso de los Vehículos y las motos usadas, las operaciones de intermediación y compraventa de vehículos automotores usados deberán ser informadas a partir de los $2.669.276 y las de motovehículos, desde los $1.091.977.

¿Cuál es el monto mínimo para informar Operaciones inmobiliarias?

Se deberá obtener el Coti cuando el precio consignado o la base imponible fijada para el pago de los impuestos inmobiliarios o tributos similares, o del impuesto de sellos que graven la transmisión del mismo o el valor fiscal vigente del inmueble de que se trate, cualquiera de ellos, resulte igual o superior a $ 22.810.177.

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